Generador de carta de renuncia voluntaria
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Escribe tu puesto, la empresa y tu último día, y el generador arma una carta de renuncia voluntaria con un asunto para el correo y la petición de tu finiquito. Todo ocurre en tu navegador: lo que escribes no se guarda ni se envía a ningún lado.
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Asunto del correo
Renuncia voluntaria - [tu puesto]
Tu carta
[fecha] Departamento de Recursos Humanos Presente. Asunto: renuncia voluntaria Estimados: Por medio de la presente, le comunico mi renuncia voluntaria al puesto de [tu puesto]. Aviso con 15 días de anticipación y mi último día de trabajo será el [fecha]. Agradezco la oportunidad de haber trabajado con ustedes. Le pido que se me entregue mi finiquito, con el pago de mis salarios pendientes y la parte proporcional de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo. Quedo a sus órdenes para entregar mis pendientes y apoyar en la transición hasta ese día. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente, [tu nombre]
Último día de trabajo en la carta: No dice una fecha
Antes de enviarla
- Habla con tu jefe antes de mandar la carta, para que no se entere por escrito.
- Pide que firmen de recibido una copia, o envíala por correo y guarda la respuesta.
- Antes de firmar el finiquito, revisa que liste cada concepto con su monto: así lo pide el artículo 33 de la Ley Federal del Trabajo.
- Cuenta los días hasta tu último día con el contador de días.
Una carta de renuncia voluntaria solo necesita decir que renuncias, a qué puesto y cuál es tu último día.
Este formato de carta de renuncia cabe en cinco frases: que renuncias, el puesto que dejas, tu último día con la fecha completa, la petición del finiquito y una oferta para dejar tus pendientes en orden. El generador usa esas mismas frases, y no tiene un campo para el motivo: la carta se archiva y el motivo se platica con tu jefe.
29 de octubre de 2026 Lic. Héctor Salas Grupo Altamira Presente. Asunto: renuncia voluntaria Estimado(a) Lic. Héctor Salas: Por medio de la presente, le comunico mi renuncia voluntaria al puesto de coordinadora de compras en Grupo Altamira. Aviso con 15 días de anticipación y mi último día de trabajo será el 13 de noviembre de 2026. Agradezco la oportunidad de haber trabajado con ustedes. Agradezco, en especial, al equipo de almacén. Le pido que se me entregue mi finiquito, con el pago de mis salarios pendientes y la parte proporcional de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo. Quedo a sus órdenes para entregar mis pendientes y apoyar en la transición hasta ese día. Sin otro particular, le envío un cordial saludo. Atentamente, Paola Ramírez
Las cinco partes de una carta de renuncia
Estimado(a) [Nombre]:
1Por medio de la presente, le comunico mi renuncia voluntaria 2al puesto de [puesto] en [empresa]. 3Mi último día de trabajo será el [día] de [mes] de [año].
4Le pido que se me entregue mi finiquito, con el pago de mis salarios pendientes y la parte proporcional de vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
5Quedo a sus órdenes para entregar mis pendientes y apoyar en la transición.
Atentamente,
[Tu nombre]
- 1Que renuncias
- 2El puesto que dejas
- 3Tu último día de trabajoCon la fecha completa
- 4La petición del finiquitoLo que ya ganaste
- 5Una oferta para la transición
La Ley Federal del Trabajo no pide aviso previo a quien renuncia, así que los días de aviso los eliges tú.
Para el trabajo en general, la ley no fija un plazo de aviso para quien renuncia. El artículo 342 sí pide ocho días de aviso a las personas trabajadoras del hogar, y algunos trabajos especiales tienen reglas propias. Dar 7 o 15 días es una cortesía que escribes en la carta. El artículo 40 añade que nadie está obligado a prestar sus servicios por más de un año.
Una carta del 29 de octubre con 15 días de aviso
- Día de la carta
- Los 15 días de aviso
- Último día de trabajo
Tu finiquito suma cuatro conceptos que ya ganaste y que la ley protege.
La ley no usa la palabra finiquito, pero sus artículos dicen qué lo forma. El artículo 33 declara nula la renuncia a los salarios devengados y a las prestaciones que derivan del trabajo; el 79 manda pagar las vacaciones en proporción al tiempo servido; el 80 fija la prima vacacional en 25% por lo menos; y el 87 da el aguinaldo proporcional, de 15 días de salario al año como mínimo.
Un ejemplo inventado: una persona gana $500.00 al día, entró el 1 de abril de 2026 y se va el 13 de noviembre, con 10 días sin pagar. Trabajó 227 días, así que le tocan 7.46 de los 12 días de vacaciones del primer año, y 9.33 de los 15 de aguinaldo.
Un finiquito de ejemplo: ingreso el 1 de abril y último día el 13 de noviembre de 2026
- Salario pendiente10 días × $500.00$5,000.00
- Vacaciones proporcionales7.46 días$3,731.51
- Prima vacacional25% de las vacaciones$932.88
- Aguinaldo proporcional9.33 días$4,664.38
Las vacaciones proporcionales salen de la tabla del artículo 76, que sube con los años de servicio.
Después del primer año son 12 días de vacaciones pagadas, y suben dos por cada año siguiente hasta 20 en el quinto. Desde el sexto año suben dos días por cada cinco de servicio: 22 entre el sexto y el décimo año, 24 del undécimo al decimoquinto. Si te vas antes de cumplir el año, como en el ejemplo, cobras una parte proporcional de los 12 días.
Días de vacaciones al año según los años de servicio
Años de servicio
La prima de antigüedad solo llega a quien renuncia después de quince años de servicio.
El artículo 162 da una prima de doce días de salario por cada año de servicios. A quien se separa voluntariamente se la pagan solo si cumplió quince años por lo menos; a quien es despedido, se la pagan sin ese requisito. Con menos de quince años, tu finiquito son los cuatro conceptos de arriba.
Antes de firmar el finiquito, revisa que diga qué conceptos te pagan y por qué cantidad.
El artículo 33 pide que todo convenio o liquidación conste por escrito y contenga “una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él”. Eso se traduce en un papel que lista cada concepto con su monto: salario, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo. Para contar los días hasta tu último día usa el contador de días.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuántos días de aviso tengo que dar al renunciar?
- Para el trabajo en general, la Ley Federal del Trabajo no fija un plazo de aviso a quien renuncia. Las personas trabajadoras del hogar, por ejemplo, deben avisar con ocho días de anticipación (artículo 342). Muchas personas dan 7 o 15 días por cortesía, y el generador los escribe en la carta si los eliges.
- ¿Qué me tienen que pagar si renuncio?
- Lo que ya ganaste: los salarios pendientes, la parte proporcional de las vacaciones (artículo 79), la prima vacacional de por lo menos 25% sobre ellas (artículo 80) y el aguinaldo proporcional (artículo 87). A eso se le llama finiquito. En el ejemplo de esta página, con $500.00 diarios y menos de un año de servicio, suma $14,328.77 antes de impuestos.
- ¿Me pagan aguinaldo si renuncio antes de diciembre?
- Sí. El artículo 87 dice que quien no cumplió el año de servicios, “independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo”, recibe la parte proporcional al tiempo trabajado. Son 15 días de salario al año por lo menos: con 227 días trabajados en 2026 salen 9.33 días.
- ¿Tengo derecho a prima de antigüedad si renuncio?
- Solo si tienes quince años de servicio o más. El artículo 162 la fija en doce días de salario por cada año de servicios y dice que se paga a quienes se separan voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido quince años por lo menos.
- ¿Tengo que explicar por qué renuncio en la carta?
- No. La carta necesita decir que renuncias, a qué puesto y desde qué día, y puede pedir el finiquito. El motivo no es un dato que la carta deba llevar, y por eso el generador no tiene un campo para escribirlo: si quieres explicarlo, hazlo en la plática con tu jefe.
No esperes a la carta de renuncia.
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